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You may think that children (minors under the age of 18) may only obtain their citizenship until they are adults. This is inaccurate. To naturalize as a U.S. citizens, by law, applicants must be 18 years of age, but there are other ways to become a U.S. citizen. Instead of filing for N-400 for naturalization, children that meet certain criteria automatically gain U.S. citizenship when their parent naturalizes, this is called ciudadanía derivada para los niños.
Under the Child Citizenship Act of 2000 (CCA) children may acquire citizenship after birth. According to the law, a child born outside of the United States automatically becomes a U.S. citizen when all of the following conditions have been met on or after February 27, 2001:
- The person is a child of a parent who is a U.S. citizen by birth or through naturalization;
- El niño es menor de 18 años;
- The child is a lawful permanent resident (LPR); and
- El niño reside en Estados Unidos bajo la custodia legal y física del progenitor ciudadano estadounidense.
Custodia legal y física del padre ciudadano estadounidense
Legal custody refers to the responsibility for and authority over a child. In this case, USCIS presumes that a U.S. citizen parent has legal custody of a child and recognizes that the parent has lawful authority over the child, absent evidence to the contrary, in all of the following scenarios:
- Un hijo biológico que actualmente reside con ambos padres biológicos que están casados entre sí;
- Un hijo biológico que reside actualmente con un padre biológico superviviente, si el otro ha fallecido;
- Un hijo biológico nacido fuera del matrimonio (legitimado) y que reside actualmente con el progenitor;
- Un hijo adoptivo con una sentencia de adopción definitiva que reside actualmente con el padre adoptivo estadounidense;
- Un hijo de padres divorciados o legalmente separados cuando un tribunal de justicia u otra entidad gubernamental apropiada ha otorgado el cuidado, control y mantenimiento primario del niño a uno de los padres bajo las leyes del estado o país de residencia.
Hijos de miembros de las Fuerzas Armadas o de empleados del Gobierno de EE.UU. (o de sus cónyuges)
On March 26, 2020, the Citizenship for Children of Military Members and Civil Servants Act was enacted into law. This Act provides that, under certain conditions, children of U.S. armed forces members or U.S. government employees (or their spouses) who are residing outside the United States acquire citizenship. This applies to such children who were under the age of 18 on that date.
A child born outside of the United States acquires automatic citizenship under INA 320 in cases where the child is an LPR and is in the legal and physical custody of his or her U.S. citizen parent who is:
- Estar destinado y residir fuera de Estados Unidos como miembro de las fuerzas armadas estadounidenses;
- Estar destinado y residir fuera de Estados Unidos como empleado del gobierno estadounidense; o
- El cónyuge que reside fuera de Estados Unidos en unión marital con un miembro de las fuerzas armadas estadounidenses o con un empleado del gobierno estadounidense que esté destinado fuera de Estados Unidos.
En los casos en los que el hijo de un miembro de las fuerzas armadas estadounidenses resida fuera de los Estados Unidos, el hijo debe estar autorizado a acompañar y residir con el miembro de las fuerzas armadas estadounidenses según lo dispuesto en las órdenes oficiales del miembro.
Las órdenes oficiales que autorizan a un hijo y, en su caso, a su progenitor ciudadano estadounidense, a acompañar y residir con el miembro de las fuerzas armadas estadounidenses fuera de Estados Unidos son un requisito legal para que ese hijo adquiera la nacionalidad según la norma INA 320. Si la adición del hijo (y, en su caso, del progenitor ciudadano estadounidense) a las órdenes es la última acción para que el hijo reúna los requisitos para la adquisición, entonces la fecha de la orden se convierte en la fecha de adquisición. No existe ningún requisito legal para que los hijos de los empleados del gobierno de EE.UU. o sus cónyuges sean incluidos en las órdenes oficiales del empleado.
Solicitud de certificado de ciudadanía (formulario N-600)
1. Presentación de la solicitud
Una persona que obtiene automáticamente la ciudadanía estadounidense no está obligada a presentar una Solicitud de Certificado de Ciudadanía (Formulario N-600). Sin embargo, una persona que busque la documentación de la ciudadanía estadounidense debe presentar el formulario N-600 para obtener un certificado de ciudadanía del USCIS.Una persona también puede solicitar un pasaporte estadounidense en el Departamento de Estado de EE.UU. que sirva como prueba de la ciudadanía estadounidense.
El USCIS emite una prueba de ciudadanía estadounidense en forma de Certificado de Ciudadanía si la Solicitud de Certificado de Ciudadanía (Formulario N-600) es aprobada y la persona presta el Juramento de Lealtad, si se le exige.
2. Fotografías y firma
USCIS may require the applicant (person seeking the Certificate of Citizenship), regardless of age, to appear at a local Application Support Center (ASC) for photograph and signature submission. A parent or legal guardian may sign for a child under the age of 14. The parent or legal guardian of the person for whom the Certificate of Citizenship is sought does not submit any photographs in connection with the Form N-600.
Envío de fotografías fuera de Estados Unidos
Una persona que busca un Certificado de Ciudadanía y que reside fuera de los Estados Unidos sólo necesita presentar dos fotografías tipo pasaporte con la solicitud debidamente presentada. El USCIS no programa a los solicitantes del extranjero para una cita con el ASC.
No presentarse a la cita del CSA
El USCIS puede considerar que el Formulario N-600 ha sido abandonado en los casos en que la persona que busca un Certificado de Ciudadanía no se presenta a la cita de biometría, a menos que, antes de la hora de la cita, el USCIS reciba un cambio de dirección o una solicitud de reprogramación que el USCIS concluya que justifica la falta de comparecencia.
Si el USCIS deniega la solicitud por abandono, la persona con derecho a obtener el Certificado de Ciudadanía, o el padre o tutor legal de la persona con derecho a obtener el Certificado de Ciudadanía, o el padre o tutor legal que presentó la solicitud en nombre de un niño que busca un Certificado de Ciudadanía, puede presentar una moción de reapertura o reconsideración mediante la presentación de una Notificación de Apelación o Moción.
Documentación y pruebas
The applicant must submit the following required documents unless such documents are already contained in the USCIS administrative record or do not apply:
- The child’s birth certificate or record.
- Marriage certificate of child’s parents, if applicable.
- Prueba de la terminación de cualquier matrimonio anterior de cada uno de los progenitores si alguno de ellos estuvo casado anteriormente y se divorció o enviudó, por ejemplo.
- Divorce Decree; or
- Certificado de defunción.
- Prueba de la ciudadanía estadounidense del progenitor.
- Certificado de nacimiento.
- Certificado de naturalización.
- Consular Report of Birth Abroad (FS-240);
- A valid unexpired U.S. passport; or
- Certificado de Ciudadanía.
- Documents verifying legitimation according to the laws of the child’s residence or domicile or father’s residence or domicile if the child was born out of wedlock.
- Documentación de la custodia legal en caso de divorcio, separación legal o adopción.
- If applicable, official orders from the respective department that authorized the child of the U.S. armed forces member, or the child of the spouse of such member and the spouse, to accompany the U.S. citizen parent.
- Copia de la tarjeta de residente permanente o de la tarjeta de registro de extranjeros u otra prueba de la condición de residente permanente legal, como un sello I-551 en un pasaporte extranjero válido o un documento de viaje expedido por el USCIS.
- Copy of the full, final adoption decree,
- Pruebas de todos los cambios de nombre legales, si procede, del hijo y del progenitor ciudadano estadounidense.
Entrevista y exención de ciudadanía
In general, an applicant must appear in person for an interview before a USCIS officer after filing an Application for Certificate of Citizenship. This includes the U.S. citizen parent or parents if the application is filed on behalf of a child under 18 years of age. USCIS, however, may waive the interview requirement if all the required documentation necessary to establish the applicant’s eligibility is already included in USCIS administrative records or if the required documentation is submitted along with the application.
Decisión y juramento de fidelidad
If an officer approves the Application for Certificate of Citizenship, USCIS administers the Oath of Allegiance before issuing a Certificate of Citizenship. However, the law permits USCIS to waive the taking of the Oath of Allegiance if USCIS determines the person is unable to understand its meaning. USCIS has determined that children under the age of 14 are generally unable to understand the meaning of the oath.
En consecuencia, el USCIS renuncia al requisito del juramento para un niño menor de 14 años. Si el USCIS renuncia al requisito del juramento, el USCIS emite un Certificado de Ciudadanía después de que el funcionario apruebe la solicitud.
Denegación de la solicitud
If an officer denies the Certificate of Citizenship application, the officer must notify the applicant in writing of the reasons for denial and include information on the right to appeal in the notice. El solicitante puede presentar un recurso en el plazo de 30 días naturales tras la notificación de la decisión (33 días si la decisión se ha enviado por correo).
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