La Visa O – Para Profesional Extraordinarios

Giselle Ayala Mateus, Esq.

Cuál es la visa O?

La visa O es una categoría de visa no inmigrante temporal para individuos que poseen habilidades extraordinarias en las ciencias, artes, educación, negocios o atletismo, o que han demostrado un récord de logros extraordinarios en la industria del cine o la televisión. La visa O es diferente de la llamada “Visa Einstein”, en todo caso, se concede a quiénes han completado logros que sólo un pequeño porcentaje de individual logran completar. 

Clasificaciones:

O-1A: Individuos con una habilidad extraordinaria en las ciencias, la educación, los negocios o el atletismo (sin incluir las artes, el cine o la industria de la televisión);

O-1B: Individuos con una habilidad extraordinaria en las artes o logros extraordinarios en la industria cinematográfica o televisiva;

O-2: Individuos que acompañarán a un artista o atleta O-1 para ayudar en un evento específico.

Requisito para aplicar a la Visa O

Aunque existe una cierta flexibilidad con respecto a las evidencia que pueden presentarse para calificar para una visa O, estos son en general los requisitos principales:

1. Evidencia de habilidades extraordinarias: Debes poder demostrar que tienes habilidades extraordinarias en tu campo. Esto puede ser a través de premios, membresías, cartas de recomendación, y otros documentos relevantes.

2. Oferta de empleo en los Estados Unidos: Debes tener una oferta de empleo en los Estados Unidos en tu campo. No puedes solicitar una visa O por tu cuenta; un empleador estadounidense debe hacerlo por ti.

3. Consulta con un grupo de pares: Antes de que puedas obtener una visa O, tu empleador potencial debe consultar con un grupo de pares, organizaciones, o un experto en tu campo. Esta consulta generalmente toma la forma de una carta escrita que describe tus habilidades y cómo planeas usarlas en los Estados Unidos.

4. Entrada temporal: La visa O solo te permite entrar a los Estados Unidos temporalmente. Si planeas quedarte permanentemente, necesitarás solicitar un cambio de estatus.

5. Mantenimiento del estatus O: Una vez que obtienes una visa O, debes continuar trabajando en el campo en el que demostraste habilidades extraordinarias. Si cambias de trabajo, tu nuevo empleador debe presentar una nueva petición de visa O.

Call (347) 329-3952 today to schedule your free consultation.

Looking for U.S. Immigration Assistance?

El Papel de las Redes Sociales

Las redes sociales pueden desempeñar un papel importante en la solicitud de una visa O. Aquí hay algunas formas en que las redes sociales pueden ayudar:
 
1. Prueba de reconocimiento público: Las publicaciones en redes sociales pueden servir como prueba de su reconocimiento y logros en su campo. Esto puede incluir premios, menciones de prensa, seguidores significativos o interacciones con figuras públicas reconocidas en su campo.
 
2. Evidencia de su trabajo: Puede usar las redes sociales para mostrar su trabajo y talento. Esto puede ser especialmente útil para artistas, músicos, fotógrafos y otros profesionales creativos.
 
3. Referencias y testimonios: Las recomendaciones y testimonios de colegas y líderes de la industria pueden fortalecer su solicitud. Estos pueden ser recopilados a través de redes sociales profesionales como LinkedIn.
 
4. Participación en la comunidad: Su participación activa en grupos y comunidades relevantes en las redes sociales puede demostrar su compromiso y contribución a su campo.
 
Es importante recordar que mientras las redes sociales pueden fortalecer su solicitud, también deben ser manejadas con cuidado. Asegúrese de mantener un perfil profesional y evitar publicaciones que puedan perjudicar su imagen.

Qué ingresos debe tener el Empleador que solicita para un profesional la Visa O?

No hay una cantidad específica de ingresos que se requiera para patrocinar una visa O. Sin embargo, el patrocinador debe ser capaz de demostrar que puede cubrir todos los costos asociados con el viaje y la estancia del titular de la visa en los Estados Unidos. Esto puede incluir alojamiento, comida, transporte y cualquier otro gasto necesario.
 
Es importante tener en cuenta que cada caso es único y la cantidad de ingresos necesarios puede variar dependiendo de varios factores, como la duración de la estancia, el costo de vida en el área donde vivirá el titular de la visa, entre otros.
 
Se recomienda que el patrocinador consulte con un abogado de inmigración para obtener asesoramiento específico sobre su situación.
 
Un patrocinador para una visa O puede ser un empleador estadounidense, un agente estadounidense que representa a múltiples empleadores o un agente extranjero que representa a los solicitantes de visa O tanto en los Estados Unidos como en el extranjero.
 
Empleador Estadounidense: Un empleador estadounidense que desea contratar a un individuo con una visa O debe presentar una petición I-129 al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS).
 
Agente Estadounidense Representando a Múltiples Empleadores: Si el trabajador va a trabajar para más de un empleador dentro del mismo período de tiempo, un “agente” en los Estados Unidos puede presentar la petición en nombre de todos los empleadores.
 
Agente Extranjero: Un agente extranjero puede presentar una petición en nombre de los beneficiarios que estarán empleados y recibirán un salario u otra compensación de un empleador no estadounidense.

Puede un profesional hacer una petición de visa O sin sponsor?

 
Si no está empleado o no tiene una oferta de trabajo, aún puede solicitar una visa O-1. Un solicitante puede formar una empresa que puede presentar una petición en su nombre mediante la creación de una relación empleado-empleador. USCIS no permite autopeticiones para solicitantes O-1.
 
Relación empleado-empleador
La importancia de crear una empresa para “autopeticionarse como O-1” es establecer una relación empleado-empleador.
 
La relación empleado-empleador fue definida en el Memorando Neufeld de agosto de 2010 para los empleadores estadounidenses. El memorando explica que si el beneficiario es un gerente, un único operador o un empleado, no puede ser despedido porque no está en condiciones de despedirse a sí mismo y ninguna otra entidad puede hacerlo. No existe relación empleado-empleador cuando es imposible despedir al solicitante.
 
Sin embargo, el beneficiario puede ser “el único accionista de una empresa” y trabajar para la empresa con propiedad mayoritaria siempre que otras personas de la entidad puedan contratar, despedir, pagar o controlar la Junta Directiva. Para verificar la existencia de dicha relación, el beneficiario deberá considerar lo siguiente:
 
  • Evidencia de presencia de inversores (por ejemplo, acuerdos de compra de acciones o similares);
  • Disponibilidad de estatutos que enumeran los nombres y responsabilidades de los miembros de la junta;
  • El derecho de la junta de despedir específicamente al ciudadano extranjero (aplicante a la visa);
  • Supervisión del aplicante a visa O por parte de otros inversores;
  • Disponibilidad de revisiones de desempeño del aplicante de la visa O; y
  • Determinación de las tareas diarias del aplicante de visa O.
 

Factores considerados por USCIS

Al considerar un caso de “autopetición”, USCIS considerará varios factores para decidir si la empresa (peticionario) tiene derecho a “controlar” al beneficiario. Este control es determinante e imprescindible en tales casos. Sin embargo, ninguno de los factores siguientes es por si solo decisivo, aunque influyen en la determinación final:
 
  • ¿El beneficiario será supervisado por su empleador y la supervisión es in situ o extra situ?
  • ¿Cómo mantiene el empleador (la empresa) la supervisión cuando se hace fuera del sitio (es decir, informes de rutina a la oficina central, llamadas semanales o visitas al sitio del peticionario)?
  • ¿Tiene la empresa u otros miembros de la organización tiene derecho al control diario del trabajo del aplicante, si fuera necesario?
  • ¿Las herramientas necesarias para que el aplicante haga su trabajo son proporcionadas por la empresa?
  • ¿Otro miembros de la empresa peticionria tienen derecho a contratar, despedir y pagar al beneficiario?

Call (347) 329-3952 today to schedule your free consultation.

Looking for U.S. Immigration Assistance?

You may also like…

Decoding Disclosure: Influencers’ Common Pitfalls 

Decoding Disclosure: Influencers’ Common Pitfalls 

In today’s digital sphere, influencers wield considerable sway over their audiences, often partnering with brands and businesses. Yet, amidst the captivating narratives they weave, the need for transparent and clear disclosures stands tall. Properly navigating these disclosure norms isn’t just about legal compliance; it’s the cornerstone of maintaining trust and authenticity. Join us on a journey through the essential elements of disclosure etiquette, exploring the fine balance between regulatory adherence, ethical responsibility, and sustaining meaningful connections with followers.

10 Essential Year-End Tasks for Business Owners

10 Essential Year-End Tasks for Business Owners

As the year draws to a close, it’s crucial for business owners to wrap up loose ends and prepare for a fresh start. Here’s a comprehensive checklist to guide business owners through the necessary steps for a smooth transition into the new year

EN
CALL NOW GAM LAW OFFICE